Los vehículos eléctricos e híbridos con recarga eléctrica exterior, así como también otros calificados
como cero emisiones por resolución exenta del Ministerio de Energía, cuyo año de fabricación
corresponda al de la publicación de la ley, a los posteriores o al año anterior a ella, estarán
exentos del pago del impuesto anual por permiso de circulación dentro del plazo de dos años
contados desde el 1 de febrero posterior a la publicación de la presente ley.
No me deja de llamar la atención que la ley que entrará en vigencia en un par de días no identifique claramente la tecnología de los vehículos y se focalice recién en los híbridos con el mismo beneficio que los eléctricos o bajo consumo de hidrógeno que es la estrategia país.
Hemos establecido, en conjunto con los reportes de la biblioteca del congreso y el Ministerio de Economía que la matriz energética en uso actual se compone fuertemente de biomasa lo que se traduce en un aporte similar al de la bencina sin una real disminución de su huella de carbono, es cierto que el vehículo eléctrico no tiene emisiones, no obstante la generación de esa energía es igualmente contaminante como fuente de su producción. Similar a utilizar hidrógeno proveniente de combustibles fósiles, el impacto puede ser aun peor, si se suma la cantidad de litros utilizados más la infraestructura necesaria para su implementación.
Los híbridos nos dejan con más interrogantes, por qué todas las tecnologías cuentan con ese beneficio cuando el hidrógeno es el único al que se le impone ser verde, es decir, debe ser certificado que se utilizó energía limpia para la generación mientras que la matriz de los vehículos eléctricos puede y es proveniente de cualquier fuente.
Sabemos también que los autos de mayor lujo son efectivamente los que pagan un permiso de circulación de mayor precio, son los BMW, los Mercedes, los Porsche, los Alfa Romeo, los Audi, entre los más cotizados, los que mantienen permisos de circulación que superan los dos millones de pesos anuales de permiso, para ese tipo de vehículos, el cambio tecnológico es gratuito. Todo el costo del recambio es financiado por esta ley que en algunos años termina por comer ese diferencial de precio. Lamentablemente, para la inmensa mayoria de los autos de clase media, los Hyundai, los Nissan, los Toyota, los Peugeot, su valor de patente no supera el millón siendo ese descuento por concepto de permiso no tan atractivo como para las primeras.
El análisis es básico y simple como para que las personas encargadas de elaborar el documento no supieran el resultado económico de la puesta en marcha de la normativa. Si se quiere enfocar en medidas de mitigación y apoyar la 0% emisiones a 2050, la medida tiene que ir a la masa y no al grupo selecto.
Dudas nuevamente sobre la labor parlamentaria.
Pablo Rodríguez R.
28-01-2023
Permisos de Circulación de bajo aporte de Carbono
Los vehículos eléctricos e híbridos con recarga eléctrica exterior, así como también otros calificados
como cero emisiones por resolución exenta del Ministerio de Energía, cuyo año de fabricación
corresponda al de la publicación de la ley, a los posteriores o al año anterior a ella, estarán
exentos del pago del impuesto anual por permiso de circulación dentro del plazo de dos años
contados desde el 1 de febrero posterior a la publicación de la presente ley.
No me deja de llamar la atención que la ley que entrará en vigencia en un par de días no identifique claramente la tecnología de los vehículos y se focalice recién en los híbridos con el mismo beneficio que los eléctricos o bajo consumo de hidrógeno que es la estrategia país.
Hemos establecido, en conjunto con los reportes de la biblioteca del congreso y el Ministerio de Economía que la matriz energética en uso actual se compone fuertemente de biomasa lo que se traduce en un aporte similar al de la bencina sin una real disminución de su huella de carbono, es cierto que el vehículo eléctrico no tiene emisiones, no obstante la generación de esa energía es igualmente contaminante como fuente de su producción. Similar a utilizar hidrógeno proveniente de combustibles fósiles, el impacto puede ser aun peor, si se suma la cantidad de litros utilizados más la infraestructura necesaria para su implementación.
Los híbridos nos dejan con más interrogantes, por qué todas las tecnologías cuentan con ese beneficio cuando el hidrógeno es el único al que se le impone ser verde, es decir, debe ser certificado que se utilizó energía limpia para la generación mientras que la matriz de los vehículos eléctricos puede y es proveniente de cualquier fuente.
Sabemos también que los autos de mayor lujo son efectivamente los que pagan un permiso de circulación de mayor precio, son los BMW, los Mercedes, los Porsche, los Alfa Romeo, los Audi, entre los más cotizados, los que mantienen permisos de circulación que superan los dos millones de pesos anuales de permiso, para ese tipo de vehículos, el cambio tecnológico es gratuito. Todo el costo del recambio es financiado por esta ley que en algunos años termina por comer ese diferencial de precio. Lamentablemente, para la inmensa mayoria de los autos de clase media, los Hyundai, los Nissan, los Toyota, los Peugeot, su valor de patente no supera el millón siendo ese descuento por concepto de permiso no tan atractivo como para las primeras.
El análisis es básico y simple como para que las personas encargadas de elaborar el documento no supieran el resultado económico de la puesta en marcha de la normativa. Si se quiere enfocar en medidas de mitigación y apoyar la 0% emisiones a 2050, la medida tiene que ir a la masa y no al grupo selecto.
Dudas nuevamente sobre la labor parlamentaria.
Pablo Rodríguez R.
28-01-2023
Ley de Almacenamiento de Energía Eléctrica (21505)
Diario Oficial
21-01-2023
Apretado Apretón
Science Magazine
20-01-2023
Inversiones Telefónica Internacional Holding SA.
He estado tratando de arreglar varios entuertos que tengo con los servicios contratados con Movistar, varios a raíz de la portabilidad de unas lineas de Entel a la compañía Telefónica Móviles Chile SA., nombre fantasía Movistar al igual que todos los otros negocios. Buscando encontré que aunque es una sociedad anónima transada en bolsa su constitución está compuesta por 115.026.145 acciones donde solo 1 de ellas es de propiedad de Telefónica SA. esta información se supone que está más actualizada que el acta de Junta General Ordinaria de Accionistas de la empresa del 2020 donde su composición se dividía en 950.392.963.373 acciones para el holding internacional mientas que Latin America Cellular Holdings, SL mantenía 10.000.002.976 acciones de la compañía, un 1% lo que es bastante más que lo reportado por la Comisión para el Mercado Financiero ahora.
No hubo caso en encontrar la constitución de la sociedad Inversiones Telefónica Internacional Holding SpA, encontré algo de información cuando era un LTDA, pero nada desde que su constitución como sociedad anónima cerrada bajo el RUT:77363730-K. Complejo conocer realmente quienes están trás semejante desastre comercial cuando se oculta todo tras empresas en el extranjero o sin una fiscalización societaria como se le pide a las abiertas.
En este momento el servicio de conexión de datos del servicio móvil está en una capacidad técnica de 3G, el servicio satelital no cuenta con la parrilla completa ofrecida y de los que están dentro de la parrilla no es posible contratarlos todos. Las pistas de audio y subtítulos, a la fecha siguen -en varios canales- incrustados o "Sin Pista de Audio" "Sin Subtítulos Disponibles", la diversidad de contenido es ofrecida en SD mientras que en HD la oferta es mucho menor en una programación segmentada para un público juvenil. También se ha hecho anotaciones sobre la falta de habitualidad en la programación donde canales de paquetes preferentes hacen maratones constantes de contenidos y no transmiten semanalmente los estrenos como corresponde. El cliente nunca sabe cuando o a que hora darán los contenidos y cuando lo hace, la semana siguiente no es igual.
Se denuncian en estos 5 años cientos de problemas técnicos y de calidad, que han sido resueltos en descuentos sin solución alguna ni mejora real en el servicio entregado. El estándar entregado no es ni la mitad del obligatorio ni el ofrecido de forma normal.